Javier Milei. (Foto: NA)

Decreto y polémica

El abogado experto en derechos constitucionales, Diego Armesto, dijo que el mecanismo para modificar la ley "no es el adecuado"

22/05/2025 | 09:54 | "El mecanismo no es el adecuado" dijo a Cadena 3 el abogado experto en derechos constitucionales, Diego Armesto.

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El decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Javier Milei, publicado en el Boletín Oficial, generó un intenso debate sobre el derecho a huelga. Este decreto amplía las actividades consideradas esenciales, que deben mantener un porcentaje de cobertura en caso de protestas.

Según el decreto, sectores como la salud deben garantizar un 75% de sus servicios, mientras que otras industrias, como la alimentaria y la construcción, deben cubrir un 50%. 

Desde la CGT sostuvieron que el decreto es inconstitucional y planea recurrir a la Justicia, mientras que la Unión Industrial Argentina (UIA) defendió su legalidad, argumentando que no afecta el derecho a huelga, sino que modifica su ejercicio.

El abogado experto en derechos constitucionales, Diego Armesto, dijo a Cadena 3 que el mecanismo del DNU no es adecuado. "No hay necesidad y urgencia. Esto ya lo intentó Menem y De la Rúa, y la Justicia se lo declaró inconstitucional", recordó. Además, sostuvo que el decreto limita el derecho de los ciudadanos a ejercer la huelga, no solo de los sindicatos.

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Armesto destacó que la limitación de derechos debe hacerse a través de una ley formal, no por decreto. “El Presidente tomó la atribución de limitar un derecho mediante un DNU, lo que afecta a todos los ciudadanos", señaló. 

También mencionó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que la definición de lo esencial debe estar relacionada con la vida y la libertad de las personas.

El debate se intensifica al considerar que ya existen leyes que regulan la atención en servicios esenciales. "La salud, la seguridad y el transporte aéreo ya están en la ley. Lo que se hace ahora es modificar leyes por decreto", criticó Armesto.

El abogado estimó que la justicia laboral probablemente declare inconstitucional el DNU, si el Congreso no actúa rápidamente. "La única forma de limitar derechos es mediante una ley sancionada por el Congreso", reiteró.

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Entrevista de Miguel Clariá.